Condena unánime a la inconstitucional incautación de material de trabajo a dos periodistas de Diario de Mallorca y Europa Press Baleares

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El registro policial ordenado por el Juzgado de Instrucción nº 12 de Palma contra dos periodistas  para averiguar una fuente de información del Caso Cursach (empresario acusado de numerosos delitos de corrupción que implican a políticos y la propia Policía) en el que los agentes han requisado móviles personales y material informativo de Europa Press Baleares y el móvil de un periodista de Diario de Mallorca ha motivado la condena unánime del mundo del periodismo, como un caso de vulneración del secreto profesional de los periodistas garantizado por la Constitución. La FAPE, la Associació de Periodistes de les Illes Balears, el Sindicat de Periodistes de les Illes Balears, la PDLI, la Asociación de Medios de Información o la Red de Colegios de Periodistas han denunciado el grave ataque al derecho de información.

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Tres agentes y una secretaria judicial entregaron en la redacción de la agencia de noticias una orden de registro y exigieron a la periodista que cubre la información del caso Cursach que facilitase cualquier documentación sobre la macrocausa. Amparándose en el mandato judicial, y sin permitirle contactar con los abogados de la empresa, los agentes se llevaron su teléfono móvil personal, dos ordenadores de la empresa y varios documentos en papel. También la Policía también requisó en los juzgados su teléfono móvil particular a un periodista del Diario de Mallorca, aunque el diario se negó luego a entregar cualquier material cuando los policías se presentaron en la redacción.

La FAPE considera que esta incautación vulnera el derecho de los periodistas al secreto profesional, en el que se basa la protección de sus fuentes, y que incluye los documentos y los equipos con los que trabaja el reportero. En los casos de filtraciones, la jurisprudencia exime de este delito a los periodistas y lo atribuye en su caso a los funcionarios que hayan facilitado la información. También recuerda que la jurisprudencia sostiene que la libertad de información legitima la actuación de los medios y de sus periodistas, al tiempo que hace prevalecer el derecho a las libertades de expresión y de información sobre otros derechos cuando la noticia cuestionada es veraz, se refiere a asuntos de interés general o de relevancia pública y está debidamente contrastada.

Por su parte, APIB y SPIB recuerdan que el secreto profesional está amparado en el artículo 20 de la Constitución Española porque es imprescindible proteger la identidad de la fuente en el ejercicio de la profesión periodística. La recomendación de los códigos deontológicos es sólo revelar la fuente cuando esta mienta o haya un peligro inminente para las personas. Si se vulnera el secreto profesional se elimina una de las vías más importantes de acceso a la información.

Ante este caso, la APIB ha promovido un manifiesto en el que se reclama “el respeto a un periodismo libre, pilar básico en una democracia, y piden a la Fiscalía General del Estado que retire su apoyo a estas actuaciones coercitivas hacia los periodistas que informan sobre casos relevantes de corrupción”. Todos los que lo deseen pueden adherirse enviando un email con nombre completo y cargo/profesión a aperiodistasib@gmail.com.