La Comisión de Quejas dictamina que PRNoticias conculcó “el propio Código Deontológico en su esencia”

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La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo de la FAPE considera que el entonces director del diario digital sobre medios y comunicación PRNoticias, Pedro Aparicio, ha conculcado “gravemente” la letra y el espíritu del Código Deontológico en varias columnas sobre Íñigo Lapetra, director de Comunicación del Consejo Nacional de Enfermería de España. La resolución se produce después de informaciones anteriores que ya motivaron otra resolución condenatoria de la FAPE y una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de amenazas condicionales.

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Lapetra presentó una queja contra Pedro Aparicio el pasado julio, por entender que, de nuevo, y en relación a su persona y a sus familiares, ha vulnerado con diferentes informaciones el Código Deontológico de la FAPE. Pese a los precedentes, el denunciante señalaba como Pedro Aparicio, tanto a través de su medio como en Twitter, ha continuado con “idéntica conducta difamatoria, incluso agravando y extendiendo las ofensas a su familia infligiéndoles un trato vejatorio, ofensivo y burlesco”. Así, se aducía que PRNoticias vulveraba todos y cada uno de los de los puntos del ordinal 4 de los Principios Generales del Código Deontológico, referido a la obligación del periodista de respetar el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen.

Así, la resolución detalla que en distintas columnas, el entonces director se refirió al denunciante bajo nombres ficticios o indirectos, como “hijo de la Petra”, con frases como «El hijo de la Petra del que ni ella conocía su ADN completo» y con varias referencias injuriosas a su familia. En la tramitación de la queja, la parte denunciada no presentó alegaciones dentro del plazo requerido, al igual que ocurrió respecto al expediente de anterior.

La Comisión refrenda en su totalidad la resolución de la queja de 2016, en la que subrayaba que lo que se había vulnerado era el propio Código “en su esencia”. Y en el caso examinado, la vulneración de todos y cada uno de los apartados del mencionado punto 4 de los Principios Generales del Código Deontológico es “patente e indubitable”.

La resolución concluye que los textos denunciados “conculcan gravemente” la letra y el espíritu del Código Deontológico de la FAPE que regula el ejercicio de la profesión periodística” y afirma “la gravísima reiteración de una conducta profesional que vulnera de forma consciente las normas más elementales del ejercicio periodístico”.