La ‘Doctrina Parot’, ¿sensacionalismo o interés público?

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La ‘Doctrina Parot’ surgió de nuevo en los medios de comunicación por su anulación. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos aceptaba el recurso de la etarra Inés del Río contra España al prolongarse nueve años su sentencia. La derogación de la ‘Doctrina’ se aplicaba a 93 etarras y 37 delincuentes comunes. (EL PAÍS). “Claves de la Doctrina Parot”.

Los titulares anunciaron las salidas de los presos que se acogían a la derogación sentenciada por el Tribunal de Estrasburgo. Las informaciones se remontaban a los antecedentes de los delincuentes, recuperaban fotografías pasadas y describían los gestos de los expresidiarios en la puerta de las dependencias policiales, como fue el caso de Inés del Río y la sonrisa tan comentada en los telediarios. Los periódicos, directamente, mostraban las imágenes. (RTVE) “La etarra Inés del Río sale de la cárcel tras la sentencia que anula la ‘Doctrina Parot'”.

Los programas matinales de las grandes cadenas televisivas esperaban y acompañaban a los delincuentes excarcelados acaparándoles con preguntas de todo tipo. Mientras tanto los periódicos nacionales publicaban opiniones sobre la excarcelación de los culpables. “Dejar en prisión a Ricart vulneraría derechos, según la Audiencia” (EL PAÍS).

La alarma social saltó cuando Antena 3TV adelantó un breve reportaje que enseñaba al asesino de Alcàsser, Miguel Ricart, hablando con un periodista del programa ‘Espejo Público’. Ante las quejas que surgieron al conocer la emisión de esa entrevista, el grupo audiovisual dio marcha atrás a esta exclusiva que ya había presentado en el informativo, en las redes sociales y en su página web. “Antena 3 se desmarca y Nacho Abad no hará un especial sobre la doctrina Parot” (VANITATIS). Incluso: “Antena 3 retira de su web la entrevista a Miguel Ricart” (LIBERTAD DIGITAL).

Más tarde, la propia cadena nacional alegaba una campaña de acoso a través de las redes sociales y aseguraba que no se iba a emitir ninguna entrevista sobre Ricart. “Calumniosa campaña en whatsapp y redes sociales sobre una supuesta entrevista con Miguel Ricart”  (ANTENA 3TV).

Sea calumnia o no, eso lo decidirán los organismo jurídicos, el debate está candente. En Intereconomía desarrollaban una crónica que citaba dos problemas derivados de la aplicación de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo en España: “La primera fue la ejecución sin pestañear de esta sentencia por parte de los tribunales de nuestro país. (….)  la última consecuencia de la sentencia del TEDH es el debate abierto en la sociedad y en los medios de comunicación sobre el tratamiento que los propios medios de comunicación están dando al fenómeno de las excarcelaciones y a los criminales puestos en libertad.” (LA GACETA)

“¿Pueden las televisiones entrevistar a asesinos aun sin pagar por ello?” (VANITATIS). “Cualquier televisión tiene la capacidad, sin entrar en lo ilegal, de entrevistar a un exconvicto, y sólo de ellos depende si esto choca o no con su código deontológico. Según Carmen del Riego, presidenta de la Asociación de la Prensa de Madrid, ‘no se puede pagar en televisión’. ‘Presuponemos que no va a ir gratis’, declara Del Riego a Vanitatis. ‘Desde la APM decimos que no se puede pagar por obtener información. Sólo con eso estamos contradiciendo nuestro código deontológico'”.

A los profesionales de la información solo nos cabe recurrir a la ética y preguntarnos: ¿Es de interés público entrevistar a los excarcelados? ¿Puede conseguirse una información objetiva respetando la intimidad y la dignidad de las familias afectadas? ¿Cómo debe actuar el periodista ante la posibilidad de hacer una entrevista con este impacto social?